domingo, 20 de diciembre de 2009

La peligrosa ignorancia de la psicopatía en las leyes penales Hugo Marietan, diciembre 2009

Los legisladores deben contemplar una realidad que les machaca diariamente: los delitos ejecutados por psicópatas , y poder distinguirlos de los delitos ejecutados por personas comunes o por afectados de locura.
Para la ley actual a cualquier delincuente que “haya comprendido la naturaleza del crimen y haya podido dirigir sus acciones” en el momento de ejecutarlo (art. 34 CP) es punible. Es decir, si es loco va al psiquiátrico; si no lo es, va a prisión.
Si va a prisión le compete los derechos de todo detenido: tiempo de condena, atenuantes, el “2x1” (tiempo que permaneció en prisión sin sentencia), luego de determinado tiempo de condena y de acuerdo a la conducta del delincuente es beneficiado con salidas transitorias, y finalmente con la excarcelación anticipada, con un control burocrático. Así, una criminal condenado a 30 años en 1999, por estos artificios legales, puede salir, en lugar de 2029 en el 2009, 20 años menos. Subyace, en este criterio, el concepto de que la cárcel redime, que el asesino “aprendió la lección” y que existen probabilidades de que se reinserte en la sociedad, una vez que “pagó por su crimen al suprimírsele la libertad por 10 años”.
Podemos ver esto con una visión optimista y pensar que sea así. También podemos contemplar el error humano y pensar que toda persona puede caer en el error de un acto criminal, nadie está exento de esto. Y que, entonces, con unos años de cárcel puede reflexionar y responsabilizarse por su error y aprender a no repetirlo. Puede ocurrir esto en personas comunes que se “desgracian” con un crimen (emoción violenta, por ejemplo), incluso en delincuentes comunes. En estos casos acepto los atenuantes que prevén las leyes: la sociedad debe dar una segunda oportunidad.
Pero, antes de otorgar estos beneficios, debemos analizar “la forma del crimen” y la personalidad del criminal. Tanto la psicología que trabaja con criminales, como la psiquiatría forense han establecido una premisa que aún no se ha plasmado en las leyes: los asesinos no son todos iguales, existen los psicópatas.

El asesino psicópata
El asesino psicópata es distinto en su accionar del asesino circunstancial u ocasional y del asesino por emoción violenta. El asesino circunstancial es aquel que en medio de una acción delictiva (robo, por ejemplo) ejecuta un crimen no previsto por él: en medio de la violencia que ejerce por su delito aparece una situación que resuelve con un crimen. Estaba preparado para esa eventualidad (llevaba arma), pero no era algo deseado por él. Para él, el crimen es una complicación a su objetivo primario que es el robo. Dejamos de lado explicar el crimen por emoción violenta (cegado por la pasión), y el crimen culposo (sin intencionalidad), por ser demasiado conocidos. Así, creo que el asesino circunstancial puede acceder a los beneficios atenuantes de la ley. Pero el psicópata no.
En la personalidad del psicópata criminal está la necesidad de matar, y con el crimen satisface esa necesidad. Y esa necesidad la tendrá siempre, no se atenúa o pasa por un asesinato. Al cabo de un tiempo, generará otra acción que implique una muerte.


¿Cómo saber si el crimen fue ejecutado por un psicópata o por un asesino circunstancial?

Por el estudio de la escena del crimen (por la forma del asesinato), por la falta de una motivación proporcional al hecho; por la intensa cosificación del otro, por el mero placer de matar; por la planificación del crimen; por el intento de zafar de la responsabilidad; por la “frialdad afectiva” al ejecutarlo; por la falta de un “arrepentimiento genuino” por el hecho criminal; por la repetición de asesinatos y por la personalidad previa al hecho. Algunos de estos puntos no le son accesibles al investigado en lo inmediato, pero otros puntos sí.
Veamos cómo se aplican estos puntos en el caso que presentamos más abajo, el del “Chacal del Reparto Schick”.

La forma del asesinato: “me dirigí hasta la cocina y del pantry saqué un cuchillo y le corté el cuello mientras ella (Miuriel) estaba viendo la televisión”. “El niño Walter René Polanco Vallecillo, de cinco años, quien presenció con pánico la dantesca escena, comenzó a pegar gritos por lo que cuchillo en mano le cayó encima y al igual que a su hermanita le cercenó la garganta, causándole la muerte de forma instantánea”. A la doméstica, “la agredió mortalmente con el instrumento cortopunzante en la nuca y en el cuello, trasladando su cuerpo inerte hacia un cuarto de la casa en donde se hallaba los dos menores”.

Por la falta de motivación proporcional al hecho: “fue por lo antipatía que sentía en contra de la pequeña Miurel Grissel McFields Polanco, a quien atribuía los problemas amorosos con su ex exposa Ruth Polanco Vallecillo”.

Por el intento de zafar de la responsabilidad: “salió al patio en donde se encontraba lavando la doméstica Alba Villachica Dávila, de 35 años, y para no dejar testigos la agredió mortalmente con el instrumento cortopunzante en la nuca y en el cuello”.

Por la “frialdad afectiva” al ejecutarlo y la intensa cosificación del otro: Todo el hecho en sí, más: “vi que Miurel sangrado profusamente de su cuello y trastabillando quiso buscar la puerta de salida de la casa, por lo que corrí a interceptarla, luego la llevé al cuarto y terminé con el trabajo que había empezado”; y también como muestra de su desmesura y crueldad: “se cambió de camisa y la ensangrentada la metió en una bolsa para luego dirigirse a casa de su ex mujer, Damaris Estrada Salgado, a quien le dijo que le lavara y plancha la prenda de vestir”, y además: “posteriormente me fui a mi centro de trabajo NAPA Autopartes, en donde me desempeño como auxiliar de contabilidad”. Estos hechos demuestran que el homicida tenía pleno control de sus actos y obraba con una lógica particular y ajena a lo común, con una lógica psicopática.


Por la falta de un “arrepentimiento genuino” por el hecho criminal: hizo lavar su camisa ensangrentada y luego: “me fui a mi centro de trabajo NAPA Autopartes, en donde me desempeño como auxiliar de contabilidad”. En este último punto no hay que confundir lo que luego el psicópata dice aconsejado por su abogado defensor.
El defensor de un criminal que usa los recursos artificiales de la ley, que a sabiendas hace mentir a su defendido, que trata, por medios de artimañas legales, de hacer zafar de la responsabilidad penal del reo, no es un abogado, sino un cómplice del criminal, y está faltando a sus deberes con la sociedad. El abogado defensor no debe sobrepasar el límite de hacer observar los legítimos derechos de su defendido.

Distinguir no es discriminar
Distinguir implica conocer para diferenciar; discriminar es tener un prejuicio de disvalor hacia una persona y, en consecuencia, ejecutar acciones que lo perjudiquen basados en esos prejuicios.
Lo que planteo es que las leyes penales deben contemplar esta distinción entre delincuente psicópata y los otros tipos de delincuentes. El delincuente psicópata es una amenaza permanente a la sociedad. Al tener que satisfacer sus necesidades especiales repetirá una y otra vez la acción negativa sobre la sociedad. Es decir, no es redimible por la prisión: ni premios ni castigos modifican esta esencia. Si es asesino o es violador o es estafador, lo seguirá siendo toda su vida. Diez años de cárcel no lo paran, ni veinte ni treinta ni sesenta.
La ley debe distinguir a los psicópatas para impedir que luego del acto criminal psicopático vuelva a la sociedad, porque reincidirán. Debe tener establecimientos diferenciados para estos psicópatas, para evitar que ejerzan su acción distorsionante sobre los reclusos comunes; y deben contemplar un tipo de reclusión que impliquen tareas laborales: la mente del psicópata ocioso es doblemente peligrosa.

No hay una edad para los actos psicopáticos
El psicópata puede ejercer sus actos psicopáticos desde su infancia (las maestras jardineras pueden dar cuenta de este tipo de acciones, que clasifican, por ahora, como “niños problemas”. Es conocido en el ambiente penal argentino el caso de dos niños de 9 y 7 años que mataron a una nena de 3 años luego de torturarla, dejarla colgada vida por horas, y luego de fallecida tirarla a un depósito de basuras. También, a la fecha, los varios casos de asesinos “menores de edad” que asesinan solo por gusto de matar, llegando a la brutalidad que uno de ellos, apodado “Ángel” , de 15 años, haya tenido 60 ingresos a comisarías por delitos graves con arma de fuego, que se tiroteaba con la policía y que, tras cada detención, la “justicia” se lo devolvía a la madre por el solo hecho que era “un menor”.

La letal demora legislativa
La peligrosa ignorancia de las leyes penales sobre el concepto de psicopatía fustiga a la sociedad con la muerte a diario de sus ciudadanos, con las violaciones reiteradas, con las estafas, y con otras crueldades que ejercer los psicópatas ante la pasividad del sistema judicial (acotado por la falta de leyes que contemplen estos casos), creando un clima de indefensión social, que se parece en mucho a la autodestrucción, y que lleva, inevitablemente al ciudadano a pensar que si el aparato policial y judicial no es suficiente para neutralizar la agresión salvaje de estos delincuentes, los ciudadanos deben tomar la defensa por sí mismos. Y todos sabemos, lamentablemente, a qué lleva esto.


Dr. Hugo Marietan, médico psiquiatra especializado en psicopatías.
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2009

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